LA NÓMINA
La nómina es un documento que recoge
e dinero/salario que obtiene una persona por su trabajo.
Para comprobar si está hecha
correctamente habría que mirar el convenio colectivo.
También hay que comprobar los
descuentos de la seguridad social que están entorno al 6-7% del sueldo más las
pagas extras.
En la nómina existe un apartado
en el cual el empresario cotiza por ti que equivaldrá al 40% del salario del
mes más las prognatas de pagas extras.
El 6-7% que pagas a la seguridad social y el
40% que el empresario paga a la seguridad social se ingresa en la tesorería de
la seguridad social.
Otro descuento es el IRPF, que es
el impuesto que pagan todas las personas que tengan ingresos y se paga una vez
al año a hacienda. Hacienda, a medida que cobras de la nómina se van quedando
un dinero y así, al hacer la declaración de la renta, solo se paga lo que falte
por pagar de ese dinero que han ido reteniendo mes a mes. SI te sale a pagar,
tienes que poner dinero y si por el contrario te sale a deber, te devolverán
dinero. Otra opción es que sala igual, en cuyo caso no será necesario ni pagar
ni que te paguen. Cuanto más ganes, más te retienen. Es decir, cuando ganas
poco dinero o tienes un trabajo temporal tan solo te retendrán un 2%.
Pueden aparecer más descuentos.
Lo que se cobra es la diferencia entre lo que se gana y los descuentos. Esos
descuentos son lo que llamamos las retribuciones netas que tienen una
diferencia del 20% con las retribuciones brutas.
Si el empresario no te paga la nómina, existen
dos derechos:
-solicitar el pago de lo que deben más los intereses que suelen ser del 10%. (Este
derecho siempre se da)
-Extinción del contrato de
trabajo con la misma indemnización correspondiente al despido improcedente.
Existen garantías que protegen el
crédito social. Son varias y con distintos ámbitos de protección y límites.
Cuando el empresario tiene poco dinero
se forma una fila de acreedores, los primeros consiguen cobrar, en cabio
conforme avanza esa fila se tienen menos oportunidades de cobrar.
Si el dinero del empresario no es suficiente
existe un fondo de garantía salarial (FOGASA) que cubre para que el trabajador
pueda cobrar en caso de insolvencia salarial.
Tú como trabajador no puedes ir a
fogasa y pedir que te pague sino que hay que pedir y entregar unos documentos
para que te den el dinero.
El fogasa tiene unos límites de
cobertura, es decir, no siempre te paga lo que el empresario te debe.
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