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DERECHOS Y DEBERES LABORALES BÁSICOS

 

DERECHOS Y DEBERES LABORALES BÁSICOS

Los derechos los podemos exigir, y si no se nos conceden, los podemos reclamar.

En cambio, los deberes los tienes que cumplir y la consecuencia de o cumplirlos, podría ser perder tu puesto de trabajo.

 

Todos los derechos se pueden reclamar mediante unos procesos, pero solo si estos no son cumplidos por las empresas, Por ejemplo, si a un trabajador lo despiden, y, el despido está mal hecho, este se declara como improcedente y el trabajador puede volver a ser contratado o la empresa tendrá que pagarle una indemnización. No es lo mismo, cuando el contrato es temporal y se ha llegado a la fecha de finalización  ya que aquí es la empresa, la que decide si te echa o te renueva el contrato.

 Por lo tanto, todos los derechos que te corresponden los puedes reclamar, y se recogen en artículo 4, que se divide en:

4.1 Los trabajadores tienen como derechos básicos, con el contenido y alcance que para cada uno de los mismos disponga su específica normativa, los de:

a)      - Trabajo y libre elección de profesión u oficio.

b)   -Libre sindicación.

c)      -Negociación colectiva.

d)      -Adaptación de medidas de conflicto colectivo.

e)     - Huelga.

f)    -  Reunión.

g)     - Información, consulta y participación en la empresa.

4.2 En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho a:

a)     - A la ocupación efectiva.

b)     - A la promoción y formación profesional en un trabajo y el desarrollo de planes y acciones formativas.

c)      - A no ser discriminado directa o indirectamente para el empleo  una vez empleados. Por razones de sexo, estado civil, origen racial o étnico.

d)      -A su integridad física y a una adecuada política de prevención de riesgos laborales.

e)     - Al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente al acoso por razón de origen racial, étnico, religión, discapacidad, edad, orientación sexual….

f)       -A la percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente establecida.

g)     - Al ejercicio individual de la acciones derivadas de su contrato de trabajo.

h)     - A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo

 

Los deberes de los trabajadores se recogen en el artículo 5, en  el cuál, el trabajador, está obligado a:

a)     - Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, e conformidad con las reglas de la buena fe y diligencia.

b)      -Observar las medidas de prevención de riesgos laborales que se adoptan.

c)       -Cumplir las órdenes o instituciones del empresario en el ejercicio regular de sus facultades directivas.

d)      -No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en esta ley.

e)     -Contribuir a la mejora de la productividad.

f)      -Cuantos se deriven, en su caso, de los respectivos contratos de trabajo.

 

 

 

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